Impuesto a la Renta

SII regula emisión de boletas electrónicas para creadores de contenido digital

Nueva resolución establece normas tributarias para influencers y generadores de contenido en redes sociales.

El SII publicó la Resolución Ex. N°128, que regula la documentación tributaria de creadores de contenido (YouTube, TikTok, Instagram, etc.). Quienes perciban ingresos deberán emitir Boletas de Honorarios Electrónicas (BHE) a nombre de “Usuarios de Plataformas Digitales”, RUT 44.444.447-9.

Los ingresos se declaran en segunda categoría del Impuesto a la Renta, con PPM 14,5%. Se admiten gastos reales o 30% presunto con tope de 15 UTA. El incumplimiento se sanciona según el Código Tributario; la norma rige desde su publicación en el Diario Oficial.

Creador de contenido emitiendo boleta electrónica

Opinión personal: Avance clave para formalizar el trabajo digital; ordena la emisión y el registro de ingresos. Reto: acompañar con guías simples para reducir la carga administrativa en creadores emergentes.

Por Jhon Marín

Fuente: SII – Resolución Exenta N° 128 (01.10.2025)
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