Impuesto a la Renta

Chile aplica cláusula de Nación Más Favorecida en convenios de doble tributación

Nuevas tasas reducidas para intereses y regalías con Noruega, Suiza, Uruguay, Nueva Zelandia y Bélgica.

El Servicio de Impuestos Internos publicó la Circular N°65, instruyendo la aplicación de la cláusula de Nación Más Favorecida contemplada en diversos convenios para evitar la doble tributación. Con la entrada en vigencia de los tratados firmados con Japón, India e Italia, Chile debe extender beneficios a países cuyos convenios incluyen dicha cláusula.

Entre los principales efectos destacan rebajas de tasas de retención en intereses a 4%, 5% o 10%, según el tipo de beneficiario, y límites para regalías que no podrán exceder 2% o 10%. Estos cambios benefician a Noruega, Suiza, Uruguay, Nueva Zelandia y Bélgica, aplicando incluso de forma retroactiva desde 2017, 2019 o 2023, según cada tratado.

Los contribuyentes que hayan sufrido retenciones en exceso podrán solicitar devolución a través del artículo 126 del Código Tributario.

Aplicación de Nación Más Favorecida en convenios de doble tributación

Opinión personal: Esta circular fortalece la competitividad tributaria internacional de Chile, reduce costos para inversionistas y entrega mayor certeza jurídica al alinearse con estándares OCDE.

Por Jhon Marín.

Fuente: Circular N°65 del SII, 03.12.2025.
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